miércoles, 28 de enero de 2015

Día internacional protección de datos personales

28 de enero es el día internacional de la protección de datos #dataprivacy #datospersonales #Colombia #CyberSecurity

Hoy se celebra el día internacional de la protección de datos personales….¿y eso con que se come?

Primero, veamos que es un dato personal:

Ley 1581/2012 “Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables”…como es algo escrito por abogados no es muy claro y no dice nada…

NIST 800-122 “Dato Personal: Cualquier información sobre una persona que pueda ser usada para distinguir o rastrear la identidad de una persona, como nombre, número de identificación,  fecha y lugar de nacimiento, datos biométricos y cualquier dato que esté vinculado o vinculable a un individuo, tales como información médica, financiera, educativa ,sobre el empleo”

Un poco más claro ¿verdad?

La protección de los datos personales, buscar proteger el derecho a la privacidad, que en Colombia es un derecho fundamental, consagrado en la Constitución Política, en su artículo 12 “Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas…”

Conoce sus derechos con respecto a los datos que le piden en diferentes actividades diarias, como el ingreso a un edificio?

La ley 1581 de 2012, y el decreto reglamentario 1377 de 2013, garantizan el ejercicio del artículo 15 de la CP, esta ley establece los requisitos para la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de datos personales.

Así mismo la Ley 1273/2009 (conocida como ley de delitos informáticos), establece en su artículo 269F un marco más amplio “Obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes.”

La ley 1581, establece dos principios fundamentales:

Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo,  expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento. La autorización NO puede ser tacita.

Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular. La información solo puede ser utilizada para los fines que el titular expresamente autorizo.
La misma ley contempla el tratamiento de datos sensibles “aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos”.

¿En cuantos edificios, hemos dejado nuestros datos biométricos (huella), sin que se nos haya solicitado de manera expresa, autorización, para obtener y tratar este dato?

Son tan importantes y sensibles, los datos personales, que la ley establece sanciones de tipo penal, pecuniaria y administrativas, veamos:

·         De tipo penal
Ley 1273/2009 Art 269F: Violación DE DATOS PERSONALES. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales.
·         De tipo pecuniario
Ley  1581/2012 Art  12 literal a: Multas de carácter personal e institucional hasta por el equivalente de dos mil (2.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la imposición de la sanción. Las multas podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento que las originó.
·         Administrativas
Ley  1581/2012 Art  12 literal b: Suspensión de las actividades relacionadas con el Tratamiento hasta por un término de seis (6) meses. En el acto de suspensión se indicarán los correctivos que se deberán adoptar.

Ley  1581/2012 Art  12 literal c: Cierre temporal de las operaciones relacionadas con el Tratamiento una vez transcurrido el término de suspensión sin que se hubieren adoptado los correctivos ordenados por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Ley  1581/2012 Art  12 literal d: Cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el Tratamiento de datos sensibles.

¿Con quién me quejo, si hay una violación con respecto a mis datos personales?

La Superintendencia de Industria y Comercio es la encargada  de vigilar el cumplimiento ley 1581/2012 a través de la Delegatura para la protección de datos personales; el delegado para la protección de datos personales es @JoseABermudezD.

A través de los datos personales que vamos dejando por ahí, especialmente en la web, hay un negocio gigante, con el cual nos perfilan y así nos ofrecen productos y servicios que satisfacen nuestros gustos y necesidades más íntimas...y obvio, también podemos ser vigilados por el Estado u otros organismos.

Dicho lo anterior, piénselo mejor cuando deje por ahí sus datos personales o descargue aplicaciones, para solicitar un taxi, pero que le piden acceso a sus fotografías, vídeos, contactos, etc, etc, etc.
Y dejo hasta aquí, por este tema puede ser todo un ladrillo.

Pdta: ¿su empleador le solicito autorización para obtener y tratar sus datos personales?

#Notamental: las entidades financieras, también están obligadas a cumplir la Ley 1581/2012.

Mas información: http://www.sic.gov.co/drupal/proteccion-de-datos-personales








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